Nuestra Constitución en el articulo 2º contempla todos los DERECHOS que se nos atribuyen como seres humanos, es decir que el Estado protege la vida, el cuerpo, la cultura, la religión salud, trabajo, dignidad, moral, buenas costumbres, entre otros para que la convivencia entre los seres humanos sea pacifica y se de esa armonía entre las diversas culturas que proliferan en nuestro país.
Artículo 2°.
Toda persona tiene derecho:
Inciso 2:
A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.
Inciso 3:
A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.
Inciso 7:
Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias.
Inciso 17:
A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum.
Inciso 22:
A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
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